Desde CNT-Metal vemos necesario ampliar en derechos el convenio Provincial de la Industria Siderometalúrgica de Valladolid que caduca el próximo 31 de Diciembre, y para esto aportamos nuestro granito de arena con esta tabla reivindicativa que creemos que gran parte de los trabajadores de este sector pueden hacer suya.
Solo recordar que actualmente es uno de los peores convenios a nivel nacional de ese sector y a nivel local en comparación con otro sectores.
Tabla reivindicativa del sector siderometalurgico por CNT-Metal:
TITULO III
CONTRATACION Y DESPIDOS:
Art. 11 Obra o servicio determinado:
Sustitución de este articulo por el Art.8 del convenio colectivo de la Construcción de la Provincia de Valladolid.
Art.12 Empresas de Trabajo Temporal:
Supresión total del texto actual, para pasar a llamarse Garantía Laboral, con el siguiente texto:
No se celebraran contratos de puesta a disposición para la realización de ningún tipo de actividad o trabajo.
Las empresas contraerán la obligación de tener a fin de convenio, el 80% de sus trabajadores con el carácter de fijos en plantilla. Incentivando a su vez los “contratos de relevo” para aquellos puestos de trabajo que fuesen necesarios en caso de que el trabajador sufriese un despido improcedente, sera este quien pueda optar entre la readmisión o la indemnizacion económica.
Art. 14 Ceses:
En este articulo en el párrafo 4º nuestra reivindicación es la supresión de las excepciones y la fijación de una indemnizacion de carácter no salarial de 7% por duración igual o menor al año y del 4,5% por duración superior al año prestando los servicios en la empresa, calculada sobre las tablas salariales vigentes.
TITULO IV
ESTRUCTURA SALARIAL:
Art.15 Salarios:
Pactar una subida salarial LINEAL en la cuantía suficiente para alcanzar un poder adquisitivo acorde al momento actual.
Al respecto creemos que esta subida seria alrededor de los 300 Euros mensuales en el 2007 y otros 300 Euros mensuales en el 2008, y en años sucesivos aplicar los respectivos aumentos salariales.
Art.17 Antigüedad:
Párrafo 2º, suprimir excepciones.
Párrafo 7º; suprimir como computables las excedencias forzosas por nombramiento para cargo público sindical, así como la prestación del servicio militar.
Art.23 Incentivos:
Supresión total.
Art.24 Horas extraordinarias:
Párrafo 2º y 3º supresión total.
Nuevo párrafo segundo; el tiempo de desplazamiento computara a efectos de jornada.
TITULO V
ORDENACION DE LA JORNADA
Art.28 Jornada:
Pacto de una jornada de 35 horas semanales. Para el año 2007 la jornada anual sera de 1533 horas.
Art.29 Calendarios y horarios:
Pacto de un nuevo párrafo en el que se refleje que las empresas cuya actividad se realicen obras, se ciñan estas al calendario laboral previsto en el CC de la construcción de la Provincia de Valladolid.
TITULO VI
DERECHOS SINDICALES Y REGIMEN DE INFORMACION Y CONSULTA EN LAS RELACCIONES LABORALES.
Art. 33 Garantías de los comités de empresa, delegados de personal y secciones sindicales:
Párrafo 1º reducción al mínimo de las horas retribuidas, siendo estas para uso exclusivo en asuntos sindicales sin poder ser acumulables entre delegados.
Párrafo 5º; ampliación de estos derechos a las Secciones Sindicales sin presencia en el comité de empresa y cualesquiera que sean el numero de trabajadores de la empresa.
Nuevo párrafo 8º; pactar un protocolo de actuación para implantar las asambleas de trabajadores en sus centros de trabajo.
TITULO VII
CODIGO DE CONDUCTA LABORAL:
Art. 37 Faltas leves:
Supresión del punto k.
TITULO VIII
SEGURIDAD SALUD Y PREVENCION DE RIESGOS:
Art. 42 Seguridad y salud:
Nuevo párrafo, cumplimiento estricto de la normativa de seguridad e higiene, exigencia de responsabilidades a los empresarios por su cumplimiento.
Punto 6, subpunto A, Párrafo 4:
Supresión.
Art 43. Prendas de trabajo:
Provisión de prendas a los 15 días del comienzo del contrato.
Nuevo párrafo:
Las empresas facilitaran a los trabajadores calzado de buena calidad y adecuado a los trabajos a realizar, al igual que todos aquellos elementos de protección personal apropiados para la realización de cada trabajo, cuidando de su conservacion y reposición de modo que en todo momento su eficacia se pueda asegurar. Las empresas facilitaran a sus trabajadores de obra una prenda de abrigo ( anorak o similar) una vez al año y en el periodo correspondiente a los meses de Septiembre a Noviembre.
TITULO X
FORMACION PROFESIONAL A LOS TRABAJADORES:
Art. 45 Formación continua de los trabajadores:
Pactar que los cursos de formación continua sean realizados siempre que se pueda, dentro de la jornada laboral o en su defecto remunerados.
TITULO XI
PRESTACIONES SOCIALES Y JUBILACION:
Pactar la creación de un nuevo articulo en el cual vaya reflejado la reducción de la edad de jubilación a los 55 años.
Art 46. Incapacidad Temporal:
A- Pactar una prestación complementaria desde el primer día de baja.
B- Pactar una prestación complementaria desde el primer día de baja y sin exclusiones.
E.2. y E.3;Supresión total del texto y en ambos casos desaparición del tope de tiempo para dejar de percibir estas prestaciones.
E.5- Será la Seguridad Social quien únicamente tenga potestad para tomar la decisión de que el trabajador cese de devengar dicha prestación.
Art 47: Ayuda empresarial para la concertación por los trabajadores de un seguro de accidentes.
Pactar la obligación de la empresa a suscribir dicho seguro.