Hace unos meses, desde el grupo de Hostelería y Turismo CNT Valladolid lanzamos la campaña #HosteleríaDigna difundiendo nuestras problemáticas sectoriales en la web y a través de nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, Instagram). Cada martes, os mostramos la precariedad que afronta este sector en nuestra provincia y posibles soluciones para afrontarla.
Hoy, queremos analizar la actual situación que padecemos fruto del bloqueo de la negociación del convenio colectivo provincial que lleva sin actualizarse desde el 2017.
Lo primero, ¿qué es un convenio?
El convenio es considerado como aquel contrato, convención o acuerdo que se desarrolla en función de un asunto específico destinado a crear, transferir, modificar o extinguir una obligación.
Todo convenio supone un acuerdo de voluntades entre dos o más personas sobre cualquier cuestión pendiente de resolver, los alcances del mismo serán señalados en el convenio que puede ser de las siguientes formas:
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Tratado internacional.
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Convenio colectivo de trabajo
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Cualquier tipo de contrato que tiene por objeto recoger la puesta de acuerdo entre dos partes.
En nuestra página web, podéis encontrar los convenios vigentes que rigen vuestro contrato de trabajo. El de Hostelería de Valladolid lo encontraréis aquí (Hostelería de la Provincia de Valladolid, 2016-2017).
Lamentablemente ha habido trabajadores afectados por la errónea información que los sindicatos CCOO y UGT tienen publicada en su web. Si hacemos una búsqueda en Google poniendo «Convenio Hostelería Valladolid«, las páginas de estos sindicatos nos enlazan con la descarga de un convenio con fechas 2018-2022 que no ha sido publicado en el BOP y que se encuentra bloqueado en la Sala Número Uno de los Juzgados de lo Social a la espera de juicio por la no representatividad mínima de la patronal que lo negoció.
Por ello, muchos trabajadores nos están escribiendo asesorías al sindicato al ver unas nóminas diferentes e inferiores a las tablas salariales que vienen publicadas en dicho documento.
Si también te has visto afectado por esta situación contacta con asesoria@valladolid.cnt.es en donde te remitiremos una copia del convenio vigente y si quieres, podemos revisar también tu nómina para informarte de si estas cobrando según el SMI o si el importe corresponde al convenio del 2017.
¿Por qué hablamos ahora del SMI?
Porque hay numerosas categorías profesionales en dicho convenio que se encuentran por debajo de él:
- Los trabajadores pertenecientes al nivel VII (pinches, aprendices y botones de menos de 18 años)
- Los trabajadores pertenecientes al nivel VI en establecimientos de III y IV (pinches, aprendices y botones mayores de 18 años)
- Los trabajadores pertenecientes al nivel V en establecimientos de IV (Auxiliar administrativo, facturista, portero, ayudantes de cocina y sala, jardineros, camareras de pisos, telefonistas, mozos…)
*Las categorías del nivel IV (cocinero, camarero….) solo están unos € por encima del SMI, aún pendiente de actualizar para este año.
Queremos resaltar la conflictividad que la graduación del establecimiento según su categoría ocasiona en este sector. Existe una gran diferencia en el salario de la misma categoría en función de si trabajas en un hotel de 5 estrellas o en un bar. Mostramos un rechazo total a esta graduación clasista y franquista y pedimos que en futuras negociaciones el salario base para los trabajadores de una misma categoría profesional sea el mismo y que se apliquen pluses en aquellos establecimientos donde sea necesario un mayor conocimiento o especialización.
Este es el conflicto por el que la APEHVa se negó a ratificar el convenio de 2018-2022 que llevaban tiempo negociando porque, según ellos, esta igualdad salarial en las categorías profesionales no era asumible en un período de 4 años. Es más fácil mirar hacia otro lado, bloquear la negociación y dejar a los 11000 trabajadores de la provincia con un sueldo mísero, sin actualizar en función del IPC anual, viviendo con sueldos de 2017.
También resaltamos que en este convenio vigente hay compañeras que no tienen cabida: camareras de piso y riders. Exigimos a quien vaya a negociar el futuro convenio que luchen por la regularización de sus derechos.
Debido a los numerosos fallos que el sistema de representación unitaria en las empresas que este Estado tiene, las trabajadoras de Hostelería y Turismo de CNT Valladolid hacemos un llamamiento a la organización de lxs trabajadorxs a través del sistema de representación sindical.
¿Esto qué significa?
En nuestro sistema de relaciones laborales existen dos tipos de representantes de los trabajadores en las empresas: De un lado, los representantes sindicales y, de otro, los representantes unitarios o electivos (miembros de comités de empresa y delegados de personal). El primero es un canal propiamente sindical, formado por las secciones sindicales y, en su caso, delegados sindicales. Las secciones se componen por los afiliados al sindicato en la empresa o en el centro de trabajo art. 8.1 a) de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, (LOLS)]; y los delegados sindicales se eligen de y entre los miembros de la sección sindical (art. 10.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical).»
El sistema sindical es el único que defiende la CNT en su acción sindical. Para nosotras, el modelo de los comités de empresa y la representación unitaria es un modelo caduco e ineficaz para resolver los problemas diarios de las trabajadoras, como en este caso, ha quedado patente.
¿Qué es una sección sindical de la CNT?
Art. 33. Las Secciones Sindicales.
a) Las secciones sindicales son el conjunto de la afiliación de CNT en una misma empresa o grupo de empresas. No se exige mínimo alguno de afiliación para su constitución.
b) Se podrán constituir secciones sindicales en cualquiera de los ámbitos de la estructura empresarial. En concreto, a nivel de centro de trabajo, empresa y grupo de empresas, de formaexclusiva o simultánea.
c) Cada sección sindical dependerá por el organismo sindical de la CNT que corresponda con su ámbito.
Más info aquí: Articulo 33 de los Estatutos de CNT (XI Congreso Confederal, Zaragoza 2015)
¿Por qué llamamos a constituirlas en las empresas?
Entendemos que la participación directa de los trabajadores y trabajadoras en todos y cada uno de los procesos de negociación es vital para la defensa de sus intereses. Dejarlos en manos de quienes no están sujetos al mandato imperativo de las asambleas y no pueden ser revocados en cualquier momento por quienes los eligieron o simplemente, no van a padecer las condiciones de trabajo que se pactan es entrar en un proceso de negociación vertical donde se corre el riesgo de que se terminen firmando cambalaches a espaldas de los trabajadores/as y rubricando convenios por debajo de las expectativas iniciales. Una de nuestras señas de identidad es la democracia directa junto a la autogestión y el apoyo mutuo. Esta lucha es más fácil en convenios colectivos de empresa donde es sencillo establecer una correlación de fuerzas adecuada a nuestra praxis libertaria. CNT tiene experiencia en pactar convenios extraestatutarios en ese ámbito incluso también se ha llegado a rubricar convenios colectivos de ámbito sectorial. CNT Adra #HosteleríaDigna (https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=3957283547708841&id=491957917574772&sfnsn=scwspwa)
Las compañeras de Hostelería y Turismo de esta ciudad vamos a salir de nuevo a las calles. Próximamente recorreremos las principales zonas de Hostelería de Valladolid para informar a los trabajadores de las actuales condiciones de convenio, hablar con ellos de nuestro modelo de acción sindical y organizarnos para poner fin junto a ellos, a la precariedad que atraviesa este sector. Si quieres más información al respecto, tienes algún problema en tu empresa o quieres organizarte, contactanos a través del correo de asesorías del sindicato.
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