Cientos de personas se han congregado en la plaza de Fuente Dorada para expresar su rechazo al proyecto de ordenanza, han recorrido las calles y han compartido con sus vecinas y vecinos el análisis que hacen de una normativa que puede resumirse en «Gobierno nuevo, vieja represión«.
RECHAZAMOS UNA ORDENANZA BASADA EN EL MIEDO Y EN LA COACCIÓN
Las organizaciones sindicales y sociales agrupadas en la Plataforma por las Libertades queremos expresar ante la opinión pública nuestro total desacuerdo y rechazo con el borrador elaborado por el equipo de gobierno de la llamada “Ordenanza Municipal de Protección del Medio Urbano”.
No solo por su contenido, de carácter represivo, sino también por la forma y el tono generales en que se contienen las innumerables prohibiciones al tratar a las personas a las que se dirige como sospechosas permanentes de pretender atentar contra el medio urbano, cuando no son tratadas de forma condescendiente u ofensiva despreciando su capacidad de interrelacionarse sin necesidad de tutela, vigilancia y castigo. La minuciosidad enfermiza con que se exponen todos los comportamientos “indeseables” provoca cuando menos vergüenza ajena, como si se tratase de aquella laboriosidad insana del inquisidor persiguiendo el menor atisbo de pecado de pensamiento y obra.
Esta ordenanza es además ineficiente pues sus disposiciones están ya recogidas en otras ordenanzas municipales y normativas varias, algunas como la “ley Mordaza” a la que además este borrador se refiere y adapta.
Esta ordenanza simplemente maquilla la anterior ordenanza en esta materia, aprobada inicialmente en 2004, y que supuso un paradigma de un ordenamiento municipal contrario a las libertades democráticas más elementales. Lo que a nuestro entender corresponde hacer a un supuesto Ayuntamiento de la izquierda es sencillamente derogar la anterior y punto.
Valgan solo algunos ejemplos de sus disposiciones, para entender contra quienes se dirige su espíritu y su letra:
- Maquilla su nombre pasando de llamarse «Ordenanza Municipal de protección de la convivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales«, como apareció en 2004 con León de la Riva y en las sucesivas modificaciones, a denominarse «Ordenanza Municipal de Protección del Medio Urbano«, sin que cambie ni una coma de su objeto -prevención de actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana»- y ámbito de aplicación -cualesquiera bienes públicos y privados: calles, plazas, paredes, muros, túneles, edificios, farolas, papeleras, vehículos, vallas permanentes o provisionales, elementos públicos y privados, fachadas, señales, aceras, suelo, contenedores, elementos, infraestructuras y servicios municipales, y elementos privados visibles de la calle, así como el uso del espacio o servicios públicos…-, y mantiene, como se decía antes, el minuciosamente enfermizo catálogo de conductas prohibidas y de las durísimas sanciones a aplicar.
- La «nueva» ordenanza dice tener una perspectiva más «integradora y social» y querer fomentar valores como la solidaridad, la responsabilidad social y el bien común, pero toda ella es un catálogo de prohibiciones que en artículo alguno promueve esos valores salvo, y es sangrante, como consecuencia del castigo y realización de trabajos para la comunidad («la letra con sangre entra»).
- Mantiene artículos reintroducidos en 2012 pese a haber sido anulados por distintas sentencias en 2006, algo ya criticado en su momento.
- Está clara la intención y orientación ideológica de esta ordenanza que busca eliminar cualquier expresión de disidencia y contestación social en las calles para preservar valores tan indefinidos como la «tranquilidad» o la «armonía» ciudadanas.
- Se mantienen las mismas sanciones altísimas: las faltas leves -un enorme cajón de sastre- hasta 750 euros; las graves, hasta 1.500, y las muy graves, hasta 3.000. La ordenanza dispone además de un sistema de agravamiento de la sanción que fácilmente convierte la leve en grave, y ésta en muy grave.
- Están prohibidas en la calle todas la expresiones de mensajes sociales: pintadas, escritos, inscripciones, grafismos, carteles, pancartas, adhesivos… y, aunque no sean comerciales, se les aplicará, para sancionarlas, la prohibición en elementos o espacios públicos de «cualquier otra actividad o manipulación que ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal uso y destino». Pintar un mural artístico o simplemente reivindicativo requiere el visto bueno municipal por «conveniencia pública» o «razón de oportunidad» (censura previa).
- Se prohíbe cualquier actividad que en un grado u otro y de cualquier forma, «impida o dificulte» el uso del espacio público a peatones y coches, o suponga una ocupación no autorizada o alteración de espacios y uso de servicios públicos (sentadas, manifestaciones, ocupaciones…).
- Se imponen sanciones no solo sobre quienes realicen los actos, sino también solidariamente sobre personas físicas y «personas jurídicas», es decir, asociaciones, sindicatos, partidos, colectivos…, y se les imponen altas responsabilidades en actos públicos para que «garanticen», «velen» y «cumplan» en garantías de seguridad, protección y evitar suciedad en elementos urbanos. La ordenanza mantiene además una estigmatizante mención a «colectivos minoritarios».
- Se exige una autorización para acampar u ocupar espacios públicos, lo que evidentemente trata de evitar cualquier movimiento social de respuesta en las calles y plazas de la ciudad. También sigue prohibiendo habitar vehículos estacionados yendo contra lo indicado por la DGT que diferencia claramente entre acampar, no permitido, y estacionar, que sí está permitido.
- Mantiene la prohibición de la mendicidad consistente en ofrecer objetos o servicios a personas conductoras.
- Se instituye una aberrante indefensión para con la ciudadanía cuando establece una cláusula abierta para las infracciones leves: «Tienen el carácter de leve las demás infracciones de las obligaciones o prohibiciones previstas en esta ordenanza» o sea, lo que el municipal o policía de turno quiera establecer. Y en todos los casos previstos en esta Ordenanza estamos ante decisiones administrativas que no tienen siquiera las garantías de un sistema judicial a la hora de imponer sanciones.
- Mantiene los mismos innumerables artículos que deberían ir a otras normativas municipales (de Ruidos y vibraciones; Medio ambiente atmosférico; Tráfico, aparcamiento, circulación y seguridad vial; Limpieza, recogida y eliminación de residuos sólidos urbanos; Publicidad exterior, Terrazas en la vía pública; Parques y jardines; Venta fuera de establecimientos; Protección contra incendios…) y ello con el fin de camuflar los artículos represivos.
- Asimismo continúan en la Ordenanza todos los artículos anteriores que son propios de la «Ley Mordaza» (por ejemplo, el uso de las vías públicas, paseos, aceras y calzadas por peatones y vehículos, el funcionamiento de servicios públicos y sus espacios) y otros artículos que son propios de la Ley Orgánica reguladora del derecho de reunión (por ejemplo, exigencias a organizadores de actos públicos) y que en ningún caso debería entrar a regular una simple ordenanza municipal dada la protección constitucional del derecho a la libertad de expresión y de reunión y manifestación.
- Elimina de la Ordenanza las referencias a las obligaciones de los propietarios de terrenos, construcciones y edificaciones, entendemos, que porque ya están reguladas por su normativa urbanística específica. ¿Por qué sí se retiran estos artículos de la Ordenanza pero se niegan a hacerlo con otros muchos artículos que sigue manteniendo?
- Se introducen algunas mejoras muy menores -uso de zonas verdes, plantas en alcorques y prestar trabajos o labores compensatorias de la sanción en ONGs (esta última medida bastante controvertida)- que en modo alguno hacen cambiar el sentido de esta ordenanza represiva.
Con este borrador, los vecinos y vecinas deben andarse con mucho cuidado a la hora de expresar lo que piensan en la calle pues no sólo les vigilan y castigan los agentes del Estado central, también tienen que seguir viéndoselas con la mirada del municipal de turno y la sanción por su comportamiento “contrario a la convivencia” y, por si fuera poco, aún sin haber hecho nada, encontrarse con una sanción municipal de carácter preventivo. La arbitrariedad está servida.
Si el Ayuntamiento de Valladolid entiende la convivencia ciudadana no como producto de la concienciación, la educación, el debate democrático y la expresión de una voluntad colectiva, sino como el resultado de la coacción y el miedo a la sanción, es porque su equipo de gobierno asume como propios los temores típicos, tópicos y atávicos que las élites detentadoras del poder tienen a toda y a cualquier movilización social y laboral que desee expresar libremente sus críticas, rechazos, reivindicaciones y alternativas al modelo social patriarcal, capitalista, desigual e injusto en el que las clases trabajadoras malvivimos.
Por todo esto, la Plataforma Ciudadana en Defensa de las Libertades -integrada por Anticapitalistas Valladolid, el Ateneo Republicano de Valladolid, Bloque Obrero, CGT Valladolid, CNT Valladolid, Comunistas de Castilla, Ecologistas en Acción de Valladolid, Izquierda Castellana, Parados en Movimiento, Partido SAIN, Podemos Valladolid y Yesca- pide al Ayuntamiento de Valladolid que derogue la ordenanza vigente y que no se presente ninguna en su lugar.