Trabajador “autónomo dependiente” es la figura legal con la que el estado pretende dar apariencia de legitimidad a la forma de explotación de moda. Esta moda patronal consiste en traspasar los costes del material de trabajo y su mantenimiento al trabajador explotado.
Con la siguiente secuencia, inspirada en hechos reales, se entenderá mejor la dimensión de la estafa:
a) Un honrado empresario del sector del transporte se entera por las páginas salmón del domingo de una fórmula magistral para abaratar costes e incrementar el beneficio. Decide probarla. Al día siguiente, elige al azar a un empleado –o mejor selecciona al más vulnerable- y le comunica que tendrá que prescindir de él porque los costes de la flota y los gastos (combustible, mantenimiento, seguros, etc.) le están arruinando. El empresario ofrece una solución: si el empleado se compra una furgoneta (financiada por el banco) y se “independiza”, cree que puede garantizarle la misma carga de trabajo que hasta ahora. La oportunidad es única: le está ofreciendo la posibilidad de establecerse por su cuenta, de convertirse en un emprendedor como él, etc.
b) Efectivamente, el empleado se encuentra con la misma carga de trabajo que antes pero, como los ingresos tampoco han variado sustancialmente, no puede sostener la deuda generada por la compra de la furgoneta y los gastos de mantenimiento. No le queda más remedio que salir a buscar portes fuera de su jornada habitual de trabajo.
c) Paradójicamente, las letras de la furgoneta y los trabajos “extra” a los que tiene que recurrir para pagarla, son la clave para que éste pase a ser, según la ley, autónomo en lugar de asalariado. De las letras del banco deduce el legislador que el trabajador es propietario de la “infraestructura productiva” y de los trabajos extra deduce que tiene “capacidad de organización fuera del ámbito de un empleador”. Así, el patrón que extorsionó a su empleado para que comprara una furgoneta se convierte, de la noche a la mañana, en un cliente más de la cartera de clientes de un “autónomo económicamente dependiente”. La relación de ambos pasa a ser, según la ley, mercantil (no laboral). Este razonamiento legal implica, qué ironía, que el trabajador tiene que asumir además las mismas obligaciones fiscales y de Seguridad Social que su explotador.
d) La transformación del estatus legal del trabajador, sumada a la necesidad de ingresar más dinero al soportar todos los gastos asociados al medio de producción que ya no soporta el patrón, se traducen laboralmente en días con jornadas de 18 horas, semanas con solo un día festivo y años con una sola semana de vacaciones.
e) El empresario con sangre de emprendedor, satisfecho por el resultado del experimento, ha tenido una visión: Una flota de camiones de reparto, cada uno de ellos pagado y mantenido por el propio conductor, cuyos beneficios de explotación pasen íntegramente a sus bolsillos. No está mal para un tío que probablemente no ha hecho un reparto en furgoneta en su vida.
Es importante que se tenga en cuenta que un “autónomo dependiente” no es simplemente un asalariado que sufre un fraude de ley, una especie de asalariado encubierto. Un “asalariado encubierto” está dado de alta en el “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos” pero utiliza los medios de producción que le procura y costea un patrón. Un “autónomo dependiente”, sin embargo, está pagando de su bolsillo los medios de producción con que se le explota. Se suele decir que los explotadores del trabajo ajeno prefieren un “asalariado” a un “esclavo” porque no tienen que atender sus gastos de manutención (alimentación, vestuario, vivienda, etc.). Si los patricios romanos hubieran averiguado que los esclavos podían llegar a pagarse, además de su manutención, la herramienta y el mantenimiento de la herramienta, Espartaco habría pasado a la historia como el primer “autónomo dependiente” en rebelarse contra el opresor.
En el preámbulo al “Estatuto del trabajo autónomo” los legisladores cuentan que la regulación del trabajador autónomo económicamente dependiente “obedece a la necesidad de dar cobertura legal a una realidad social”. La realidad social de la que hablan se apoya en un dato que ellos mismos proporcionan en el preámbulo: en el período transcurrido entre el año 2001 y el 2004, los “empresarios sin asalariados” (sic) que trabajaban para un único cliente se incrementaron en un 33%. Los legisladores afirman que su intención al promulgar la ley era amparar a los 285.600 trabajadores y trabajadoras que el Estado había catalogado en el año 2004 como “empresarios sin asalariados que trabajan para un único cliente”. Lo que sucedía en realidad era que las patronales habían encontrado un nuevo caladero, como indica el mencionado incremento del 33% en sólo tres años, y que precisaban una expresión legal que legitimara la explotación del caladero. Hay que tener en cuenta que en el derecho laboral del estado español las partes –patrón y asalariado- no pueden pactar condiciones por debajo de las establecidas en las leyes y convenios. Lo que se consigue con la regulación es desplazar la relación de explotación del ámbito laboral al ámbito mercantil, donde rige el “principio de autonomía de la voluntad” de las partes. Y así queda estipulado en el artículo 14 del capítulo III del Estatuto, referente al “régimen profesional del trabajador autónomo económicamente dependiente”. Gracias a este artículo, la asunción de una jornada de 80 horas semanales a cambio de unos honorarios inferiores al salario mínimo puede interpretarse como una manifestación de la libertad de elección de un trabajador autónomo y su “único cliente”. De nuevo, en nombre de la libertad, el opresor reduce el espacio de la jaula. El hecho de que esta forma salvaje de explotación se relacione con la amable palabra “autónomo”, sinónimo precisamente de independiente (lo contrario de “dependiente”), no es casual. “Autónomo dependiente” es un oxímoron, una unión de dos palabras irreconciliables, como “guardia civil”. Este recurso oratorio lo conocen bien los poderosos, acostumbrados como están a hacer malabarismos con términos opuestos. Una organización de criminales puede dedicarse a robar descaradamente, esclavizar y matar gente por dinero durante un corto periodo de tiempo. Pero la única forma de hacerlo impunemente durante siglos, es haciendo creer a la gente que la organización se dedica a la creación de riqueza, la defensa de la libertad y la paz. Como controlan la televisión, ya no necesitan ni ponerle épica al asunto. La historia del “empleado” que se hace “autónomo dependiente” es el cuento del esclavo que se emancipa del amo, versionado por un burócrata.
Adjuntamos a este artículo, por su posible utilidad en las magistraturas, un anexo con algunas claves jurídicas para distinguir a “asalariados” de “autónomos”, “autónomos dependientes” y “asalariados encubiertos”. Sin embargo, como anarcosindicalistas que somos, no podemos resistirnos a advertir. a todo aquel que use este anexo. de lo siguiente: El derecho laboral no es más que un cortafuego de la presión obrera. En las épocas en que esta presión invade la calle y los tajos, los políticos retroceden tácticamente, recogiendo algunas de las reivindicaciones de los trabajadores en la legislación para sofocar la rebelión. Cuando la presión obrera cede, los políticos recuperan y avanzan las posiciones, desplegando reformas antiobreras a la medida de los explotadores. La estrategia del enemigo consiste en que con este vaivén histórico nos quedemos hipnotizados los trabajadores, como reformistas mirando a un péndulo. Llegando a la convicción de que la abolición de la explotación de los trabajadores no se conseguirá nunca en una magistratura ni una cámara legislativa, sólo queda una salida coherente para quien la persigue: la desobediencia, el desacato y la adscripción a organizaciones que trabajen para la destrucción de los estados, sus cámaras legislativas, sus ejércitos y sus magistraturas. Dejemos el respeto y el acatamiento de las leyes para los comisarios políticos de “educación para la ciudadanía”, los moñas de las tertulias televisivas y demás vasallos. Y mucha acción directa, compañeros y compañeras, y mucha astucia para que no caigan multas ni penas.
Un abrazo anarcosindicalista.
* Artículo elaborado por la Sección de Autoempleo del Sindicato de Oficios Varios de CNT Madrid
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