El pasado 3 de Mayo en Vigo se convoco a mas de 20000 trabajadores del sector del metal de esa provincia a una Huelga indefinida con el fin de negociar el convenio provincial de dicho sector. Esta Huelga a durado ocho días en los cuales ha habido un poco de todo, siendo para gran parte de los trabajadores un acuerdo final desfavorable dados los días de huelga y la existencia de compañeros huelguistas detenidos y heridos en dichas movilizaciones. Recordar que los sindicatos (CIG, CCOO y UGT) llamaron a la votación para volver a los tajos, no una, ni dos, sino tres veces hasta conseguir el resultado que los convenía.
Las reivindicaciones básicas vinieron a ser en materia de estabilidad laboral proponiéndose fijar en el convenio la cantidad de trabajadores fijos por plantilla, llegando a proponerse hasta un 100% en un año.
Establecer un sistema de subrogacion de trabajadores para que al cambiar las subcontratas estos ya contratados sigan manteniendo ese trabajo.
Dar prioridad a los contratados mas antiguos para llegar a recibir la jubilación parcial e incremento salarial de 800 primer año de vigencia del convenio, y los otros dos la subida del IPC mas 1,5 puntos.
Ha sido una muestra de que una movilización como esa puede conseguir lo que se plantee.
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Los trabajadores de Vigo en una asamblea multitudinaria deciden seguir con la Huelga
Al final pese a no cumplir las expectativas de la mayoría de los trabajadores (algo reprochable a los negociadores que no a los movilizados), lo conseguido a sido:
1º. SUBCONTRATACIÓN. Un régimen de subcontratación para los trabajos en el Sector Naval regulandose una bolsa de empleo controlada por las representaciónes sindicales y empresarias (auxiliares y principales) con un único criterio de especialidad y orden de entrada en la bolsa, primero con los trabajadores de las auxiliares censados en cada Astillero y luego una bolsa general de todo el Sector.
2º. CONTRATACIÓN EVENTUAL EN LOS GRUPOS DE EMPRESA. Con carácter general para todo el Metal, la contratación en las empresas con diferentes nombres y razón social que formen parte del mismo grupo empresarial mantedrá, indistintamente la duración de los contratos en cada una de ellas, la antiguedad registrada en el primer contrato. Esta regulación deberá servirnos a efectos de indemnización y despido.
3º. PORCENTAJE MÁXIMO DE EVENTUALIDAD. Con carácter general para todo el Sector el 1 de enero del año 2008 la eventualidad máxima será del 50% y decir que uno de cada dos trabajadores y trabajadoras tendrá que ser indefinido. Para este año 2006 el 35%, para el 2007 el 45%.
Se establéce el principio de igualdad de derechos para los eventuales a efectos de la jubilación parcial.
Para el año 2006 el incremento será de 800 € lineales para todas las categorías. En el 2007 el IPC real del año anterior más 1,5%, no año 2008 o IPC real del año anterior mas 1%. Esta aplicación debe garantizar un incremento real para el 1º de enero del año 2008, es decir el año e medio, de mas de 2.200 € para todas las categorías no año. Asimesmo un incremento aproximado del salario base de más de 60 €/mes e de 190 €/mes desde ahora al 1ª de enero de 2008.
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Asamblea multitudinaria en Vigo
Como se puede ver, modificamos a tradicional forma de incremento ya que resulta más solidario con los que menos cobran, y ademas se aplíca sobre el IPC del año anterior, por lo que la revisión salarial es de aplicación directa y retroactiva en el incremento a principios de cada año.
REVISIÓN DE LAS MÚTUAS
En caso de una actuación deficiente y contraria a los intereses de los trabjadores y trabajadoras, la representación sindical evaluará y notificará la Comisión Paritaria en el primer año el seguimento de cada Mútua. De persistir las mismas circunstancias en el segundo año, la representación sindical podrá decidir la contratacion de la Mútua.
COMPENSACIÓN INCAPACIDAD TEMPORAL
En el caso de baja de enfermedad con hospitalización se compensará el 100% de la retribución hasta el alta médica por un período máximo de 3 meses.
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL
En el caso de realización de trabajos o funciones correspondientes a categorías superiores se abonará a mayores la diferencia de salario de la categoría superior.
En el caso de prestar funciones al realizar trabajos de categoría superior por un período superior a 6 meses, automaticamente el trabajador o trabajadora deberá ser ascendido en la categoría resultante.
Tras estos resultados teniendo en cuenta la cercania de la negociacion del convenio provincial del metal de la provincia de Valladolid (Para ser mas concretos finaliza su validez el mes de diciembre de este año), la seccion sindical del metal de la CNT vallisoletana estara atenta a las evoluciones de los convenios provinciales del sector del metal conseguidos en otras localidades, dado que estas mejoras no nos deben pasar desapercibidas para posibles reivindicaciones, recordemos que el sector del metal en esta provincia a pesar de carecer de sector naval tambien sufre una alta eventualidad laboral.
Lo que ha pasado en la provincia de Pontevedra a los trabajadores del sector del metal sin convenio propio nos debe hacer pensar en la capacidad de presion que tenemos para pelear por un convenio mas digno, y la solidaridad entre trabajadores es un arma muy potente para conseguir esos objetivos.
Ahora solo nos queda ver la evolucion de las negociaciones en otras provincias, la mas proxima es en Sevilla, la seguiremos atentamente.