Estos días está circulando como noticia la iniciativa presentada por el PSOE en el Congreso de los Diputados para reformar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores; la reforma consistiría en añadir al artículo 34 la obligatoriedad de las empresas de contabilizar la jornada de sus plantillas y así conseguir el «derecho a la distribución regular de la jornada«.
La medida va encaminada a limitar la precariedad mediante el control de las jornadas de trabajo. Esto supondría un mayor control sobre las horas extras que se realizan de manera abusiva en todos los sectores, pero también un control sobre la distribución de la jornada de trabajo, que cada vez en más sectores es completamente irregular. La situación actual nos obliga a estar completamente disponibles a merced de la distribución irregular de trabajo que hacen las empresas.
Lo curioso es que, como nos recuerdan las compañeras de Valencia, tal obligación de contabilizar ya existe. En el mismo Estatuto de los Trabajadores ya se obliga a las empresas a llevar un control de las horas trabajadas por cada trabajadora, según el artículo 35. Esta obligación no especificaba que se tuvieran que registrar los horarios en los que se trabajaba, esto es, la distribución de la jornada, sino sólo la cantidad de horas de cada tipo que se hacen. Una cuestión que está bajo la supervisión de la autoridad laboral –la Inspección de Trabajo- que en mayo de este año emitía una instrucción que exime a las empresas de llevar este cómputo, en base a sentencias judiciales.
¿Nos suena de algo esto a quienes estamos en las empresas?¿A cuántas de nosotras nos dan junto con la nómina el control de horas extras? Como con otros tantos aspectos del mundo laboral las empresas que cumplen son extrañas excepciones.
Al respecto de la distribución irregular de jornada lo que estamos viviendo con la proliferación de las subcontratas, las empresas de servicios integrales, ETTs y demás ralea es que los trabajadores tenemos que tener disponibilidad completa para una empresa que se compromete a dar servicios 24h. Da igual el sector: industrias, intervención social, sanitarios, hostelería, logística… Sin embargo esta irregularidad también tiene cotos en normativas que casi nunca se respetan. En el Estatuto de los Trabajadores y en la mayoría de convenios se recoge la obligatoriedad de disponer de un calendario anual y de preavisar los cambios en la jornada que haya en ese calendario con cierta antelación (mínimo de 5 días según el Estatuto de los Trabajadores).
Como vemos con estos dos ejemplos, pese al lavado de cara que quiera darse el PSOE retocando el Estatuto de los Trabajadores, el problema no lo tenemos ahora mismo en una legislación llena de trampas sino en que esa legislación apenas se cumple. ¿Quién tiene que hacer que se cumpla?¿Los tribunales, la autoridad laboral? Ya hemos visto que estos «árbitros» con el tema del cómputo de jornada no hace ni 6 meses daban instrucciones de eximir a las empresas de llevar ese cómputo al detalle. Mención aparte merecen algunas unidades de la Inspección que ni de casualidad pueden estar leyendo la misma legislación que leemos nosotras, como la de Valladolid.
Así que sólo nos queda una opción: defendernos por nosotras mismas. Como mínimo, hacer cumplir la ley. Exigir el control de horas. Exigir el calendario anual, con sus turnos. Negarnos a vivir a disposición de las empresas. Organizarnos para cuando nos amenacen por pedir lo que es nuestro. Porque en definitiva, el Congreso de los Diputados no va a acabar con las horas extras. Tenemos que ser nosotras.
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