CCOO y UGT aceptan abaratar el despido (a 33 días por año)

Extraido de: kaosenlared

Fuente: COMFIA-CCOO

Más actos de estos «sindicatos»

Los sindicatos se muestran dispuestos a ampliar el uso del contrato de 33 días pero no a generalizarlo

Los sindicatos abrieron hoy la puerta a una posible extensión del contrato de fomento del empleo estable, cuya indemnización por despido es de 33 días por año trabajado frente a los 45 de los indefinidos ordinarios, pero insistieron en rechazar la generalización de esta figura contractual, tal y como pretenden Gobierno y patronal.

En concreto, CC.OO. y UGT estarían dispuestos a discutir que los contratos temporales se convirtieran en indefinidos por medio del contrato de fomento del empleo estable y no a través del contrato de 45 días. Esta posibilidad no existe actualmente, pues desde diciembre de 2003 los contratos temporales que las empresas convierten en indefinidos se canalizan a través de contratos fijos ordinarios y, por tanto, con una indemnización por despido más elevada.

Tras mantener una nueva reunión de la mesa de reforma laboral en el Ministerio de Trabajo, la secretaria de Empleo de CC.OO., Lola Liceras, y el secretario de Acción de Sindical de UGT, Toni Ferrer, subrayaron que esta concesión de la parte sindical no sería «menor», pues la mayor parte de los llamados contratos de 33 días proceden originalmente de conversiones.

Ahora bien, aceptar la posibilidad de recuperar las conversiones a contratos de 33 días no implica que los sindicatos estén a favor de generalizar este contrato. Así, se oponen a que el contrato de 33 días pueda efectuarse con cualquier trabajador que lleve un mes en el desempleo, como ha propuesto el Gobierno. «Estamos dispuestos a ver cómo mejorar la utilización de este contrato, pero sin plantear su generalización», afirmó Ferrer, quien insistió en que el contrato de fomento del empleo estable debe mantener su carácter selectivo.

Además de este tema, Gobierno y agentes sociales hablaron también sobre cómo limitar el encadenamiento de contratos temporales. El Gobierno quiere que aquel trabajador que en un plazo de 36 meses hubiera encadenado con la misma empresa contratos temporales de una duración total de dos años se convierta automáticamente en fijo. Los sindicatos consideran este juego de plazos demasiado amplio y piden que la conversión en indefinido se haga si el trabajador encadena contratos por 20 meses en un plazo de dos años.

Al respecto, el secretario general de Empleo, Valeriano Gómez, señaló tras la reunión que lo importante aquí no son las cifras, sino la filosofía. «No es determinante si son 20 ó 24 meses, porque lo importante es si todas las partes estamos de acuerdo en poner límites al encadenamiento», indicó.

En el caso de encadenamientos de contratos temporales para un mismo puesto de trabajo, el Gobierno quiere que sea la negociación colectiva la que determine qué hacer y, en su defecto, que sea la ley la que contemple en qué supuestos se haría fijo al trabajador. Por el contrario, CC.OO. y UGT quieren que se adquiera la condición de indefinido cuando en un plazo de 24 meses se hayan hecho contratos para ese mismo puesto por un máximo de 14 meses.

EL DESPIDO EN LAS SUBCONTRATAS.

Las partes también abordaron la regulación del contrato de obra o servicio. Los sindicatos desean desvincular esta figura de las contratas y subcontratas y evitar que las empresas utilicen este contrato para cubrir tareas habituales cuando realmente está concebido para actividades extraordinarias.

El Gobierno ha propuesto crear un contrato especial para lograr que buena parte de los contratos de obra que se hacen en las contratas y subcontratas tengan carácter fijo. Dicho contrato se convertiría en un indefinido normal a partir de los tres años, y antes de este periodo no se necesitaría autorización administrativa para su rescisión, siendo la indemnización de al menos 20 días (frente a los ocho días de indemnización que tienen los contratos temporales).

A los empresarios, más que el coste de las indemnizaciones, les preocupa el procedimiento de despido en caso de extinción de la contrata. Quieren que sea ágil y sencillo, es decir, que no se requiera autorización administrativa.

Por su parte, CC.OO. y UGT no ven con buenos ojos esa nueva figura contractual que propone el Ejecutivo para la subcontratación, pero, según dijeron Liceras y Ferrer, sí estarían dispuestos a aceptar que la extinción de la contrata se incluyera entre las causas del despido objetivo, pero sin eliminar la autorización administrativa.

Al Gobierno, precisó Valeriano Gómez, le parece bien cualquiera de las dos posibilidades (o actuar sobre costes del despido o sobre los mecanismos de extinción de la contrata), porque introduciría mejoras respecto a la situación actual.

La próxima reunión de la mesa será el 6 de febrero, aunque es más que posible que se programe un nuevo calendario de encuentros para seguir discutiendo algunas materias, según reconoció el mismo secretario general de Empleo.

Europa Press

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