Para este año la jornada laboral máxima, si trabajas en el Convenio de metal de la provincia de Valladolid, es de 1744 horas.
Recuerda que según el artículo 33 del convenio, las empresas deben de elaborar obligatoriamente un calendario, que deberá recoger el horario de trabajo, la distribución anual de los días de trabajo, festivos, descansos semanales o entre jornadas y otros días inhábiles.
De todas formas, si la empresa no ha confeccionado y expuesto el suyo propio, deberá adherirse al calendario laboral subsidiario que elabora la comisión paritaria, tal y como señala ese mismo artículo del convenio.
Este calendario subsidiario apareció publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid del 05 de febrero.
Este calendario considera festivos los días 22 de abril, 16 de agosto, 24 y 31 de diciembre además del día de libre elección regulado en el art.31 del convenio; a los que se sumarán las tardes de la semana de ferias de la localidad donde radique la empresa, tendremos en cuenta también que los sábados y domingos son días de descanso semanal.
Pero ojo con este calendario. Según está elaborado es muy posible que te pases de las 1744 horas y entonces será necesario concretar en la empresa más días de descanso o reducir la jornada diaria.
Atento/a este es el primer año en el que el período de vacaciones anuales retribuido no sustituibles por compensación económica es como mínimo de veintidós días laborables. Ya han dejado de ser naturales como en años anteriores.
Para cualquier duda ponte en contacto con el sindicato: metal@valladolid.cnt.es
Calendario laboral subsidiario para el año 2024 del Convenio Colectivo de la industria del Metal de Valladolid [PDF · 3 MB]
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